El deber Constitucional de los Funcionarios públicos de prestarle servicio al Estado, y no a parcialidad política alguna (Interpretación del primer aparte del artículo 122 de la Constitución).
Peña Solís, José.
El deber Constitucional de los Funcionarios públicos de prestarle servicio al Estado, y no a parcialidad política alguna (Interpretación del primer aparte del artículo 122 de la Constitución). - pp. 51-74
Desarrolo Urbano--Bogotá-Colombia
El deber Constitucional de los Funcionarios públicos de prestarle servicio al Estado, y no a parcialidad política alguna (Interpretación del primer aparte del artículo 122 de la Constitución). - pp. 51-74
Desarrolo Urbano--Bogotá-Colombia